sábado, 31 de octubre de 2009

Tema 3. Revolución Liberal en el reinado de Isabel II.


0. La guerra carlista
1. LA ETAPA DE LAS REGENCIAS (1833-1843)
1.1. Mª Cristina 1833-1840
1.2. Espartero 1840-1843
2. EL REINADO DE ISABEL II (1843-1868)
2.1. Década moderada 1844-1854
2.2. Bienio progresista 1854-1856
2.3. Vuelta al moderantismo y crisis 1856-1868


0. El conflicto dinástico y la guerra carlista

Fernando VII no tuvo descendencia hasta que nació Isabel. Las leyes castellanas permitían el reinado de una mujer, pero las borbónicas (Ley Sálica) lo impedían. Fernando publica la Pragmática Sanción anulando dicha ley. Los absolutistas, por su parte, se habían ido acercando a Carlos María Isidro, hermano de Fernando y heredero según la Ley Sálica. Éste intentó convencer a Fernando de que anulara la Pragmática Sanción, lo que llevó a un enfrentamiento entre ambos. Fernando VII murió en 1833 dejando a Isabel con tres años y con un candidato Carlos María Isidro que aunaba a los absolutistas.

De la regencia se ocupó la esposa de Fernando VII, Mª Cristina de Borbón, quien hubo de apoyarse en los liberales, puesto que los absolutistas estaban con su cuñado. Estos serán llamados carlistas. Los carlistas eran antiliberales y tradicionales. Agrupaban a gran parte de la nobleza rural, gran parte del clero y los campesinos especialmente del norte, País Vasco, navarra, gran parte de Cataluña, Aragón y Valencia. Pequeños propietarios, artesanos o arrendatarios empobrecidos que desconfiaban de la igualdad jurídica, la separación e la Iglesia y el Estado y sobre todo, de la abolición de los fueros. El lema de los carlistas fue "Dios, patria, Rey", y más tarde "Dios, patria y fueros", aunando los conceptos de monarquía de derecho divino y las leyes tradicionales.

La primera guerra duró 6 años. Se inició con el levantamiento carlista en el País Vasco y Navarra. Sin embargo, las grandes ciudades como Bilbao, que tenían un desarrollo industrial importante y una burguesía pujante, se mantuvieron fuera del carlismo. Los carlistas se organizaron en guerrillas, las llamadas "partidas". El más importante de ellos fue el general Zumalacárregui, que murió en el sitio de Bilbao. Carlos recibió el apoyo de las potencias absolutistas como Rusia, Austria y Prusia, mientras que Isabel contó con el apoyo de Inglaterra, Francia y Portugal.

Dentro del carlismo distinguimos los transaccionistas, partidarios de un acuerdo con los liberales, y los intransigentes o "apostólicos". Después de la victoria de Espartero, los carlistas, de la mano del general Maroto firmaron el Acuerdo de Vergara (Abrazo de Vergara, 1839). Este acuero permitía la integración del ejército carlista en el isabelino y la negociación de los fueros en el País Vasco y Navarra. Algunas partidas, al mando del general Cabrera, continuaron en el Maestrazgo (Castellón).


1. LA ETAPA DE LAS REGENCIAS (1833-1843)
1.1. Mª Cristina 1833-1840

Confirma en el gobierno a CEA BERMÚDEZ, un absolutista ilustrado que estaba con Fernando VII (1832-34). A su favor se puede decir que facilita la transición al régimen liberal. Reformas administrativas como la creación del ministerio de Fomento. A su cargo Javier de Burgos, que ordena la división en provincias (1834) y la creación de subdelegados de fomento (gobernadores civiles).

Los liberales presionan y para salvar el trono, Mª Cristina llama a Fº MARTÍNEZ DE LA ROSA (enero 1834), conocido del trienio liberal. Confecciona el ESTATUTO REAL (1834)

- Inspirado en la Carta Otorgada francesa de 1814. Pero incompleta.
- No contempla ni soberanía nacional ni siquiera declaración de derechos.
- No habla del poder ejecutivo ni judicial
- Las cortes no tienen potestad legislativa, ya que es una "gracia real", eso sí, tenían derecho de petición. Sólo votaban los impuestos.
- Se dividían en:
       - Estamento de los Próceres: designación real, obispos, grandes de España...
       - Estamento de Procuradores: sufragio censitario (0'15% de la población)

Los liberales defenderán, pues sus ideas no en las Cortes, sino en la prensa, las tertulias y clubs. Se distinguen ya los moderados y progresistas.

1835. Año de malas cosechas y cólera, lo que da movimientos populares, instigados por la burguesía. En Barcelona se queman conventos y fábricas. Se forman Juntas, apoyadas por la milicia urbana, asumen el gobierno y presentan reivindicaciones (convocatoria a cortes, reforma de la ley electoral y libertad de imprenta. Martínez de la Rosa dimite y se nombra al CONDE DE TORENO. Estalla una sublevación carlista.

La Corona llama a JUAN ÁLVAREZ DE MENDIZÁBAL, progresista, muy trabajador y en seis meses crea las diputaciones provinciales para controlar a las juntas y apoyado por procuradores. Convierte la Milicia Nacional en Guardia Nacional para hacer frente a los Carlistas. Tiene que dimitir por la fuerte oposición. Se llama a FRANCISCO JAVIER ISTÚRIZ, moderado. Los progresistas son fuertes en las grandes ciudades (porque son burgueses). Reanudan los pronunciamientos (julio y agosto de 1836). Levantamientos en ciudades. Pronunciamiento de los Sargentos en la Guarnición de la Granja (agosto). Todo obliga a Mª Cristina a proclamar la Constitución de 1812.

Gobierno de JOSÉ Mª CALATRAVA, progresista. Inicia la revolución liberal, con la promulgación de la Constitución de 1837, revisión de la de 1812; y otra serie de leyes para acabar con el Antiguo Régimen.

CONSTITUCIÓN DE 1837, tiene elementos progresistas y moderados

Elementos progresistas.

- Soberanía nacional, aunque en ningún artículo se reconoce.
- Derechos individuales, libertad de imprenta
- Ayuntamientos nombrados por los vecinos
- Milicia Nacional

Elementos moderados

- Potestad de legislar reside en las Cortes con el Rey
- Poderes del rey: convocar, suspender y disolver Cortes
potestad de legislar, nombrar y separar libremente a los ministros
- Estructura bicameral:
       - Senado, elegido por el rey
       - Congreso de Diputados: sufragio directo y censitario (22%)
Son los propietarios y "capacidades", profesiones liberales,
administración, ejército...
- Religión católica: obligatoriedad de sostener a la Iglesia Católica

Valoración, constitución progresista, aunque no volvía a los principios de 1812 y sólo significaba una concesión a los progresistas templados y moderados más progresistas, como demostraba la elección del gobierno por el rey, pero aprobado por las cortes. Aquí se ve el supuesto papel moderador de la Corona. Algunos piensan que es más técnica que la de 1812, pero está a medio camino entre ésta y el Estatuto Real. Recoge el constitucionalismo vigente en Europa (Francia, 1830, Luis Felipe de Orleans; y Bélgica 1831). Para Solé Tura, es de inspiración francesa, sin embargo, dice, no llevó consigo la consolidación de un régimen semejante al francés. Los jefes de Estado no fueron árbitros, sino que entregaron el poder a sus políticos favoritos.

OBRA LEGISLATIVA DEL GOBIERNO DE CALATRAVA.

- Favorecer el mercado nacional.
- Disolución del régimen señorial y los mayorazgos. Se suprimen los jurisdiccionales y los solariegos pasan a ser propiedad de la nobleza
- Abolición del diezmo
- DESAMORTIZACIÓN ECLESIÁSTICA DE MENDIZÁBAL. (ver tema aparte)

Los moderados preparan rebeliones, aunque algunos colaboran con el gobierno. Ganan las elecciones de 1837 y vuelven al poder, recortando la Constitución (con la ley de prensa y la ley de Ayuntamientos). Sin embargo consolidan los cambios. Su nuevo proyecto de ley de municipios, de carácter centralista provocan una nueva oleada de protestas y hacen caer a Mª Cristina (octubre 1840), que se exilia.

1.2. Espartero 1840-1843

General progresista, de gran prestigio por la guerra carlista. Va nombrando como jefes de gobierno a hombres de su confianza, gracias a las prerrogativas de la Constitución de 1837.

Es un período de inestabilidad política:

- En el ejército: entre los ayacuchos (partidarios de Espartero) y el resto
- En los progresistas: entre los líderes civiles contra el poder militar, y en el ala izquierda los demócratas, incluso algunos republicanos relacionados con el proletariado urbano.
- En los moderados: conspiran apoyados desde el exilio por Mª Cristina. Dura represión contra ellos.

1842. Insurrección en Cataluña por la noticia de un tratado comercial librecambista con Gran Bretaña. Desde Montjuic se bombardea Barcelona. Espartero está aislado, hay numerosas conspiraciones para su caída: militares moderados, civiles progresistas ya demócratas. S. de Olózaga comienza la rebelión y Narváez, general moderado se enfrenta en Torrejón. En Julio de 1843 Espartero sale al exilio británico.


2. EL REINADO DE ISABEL II (1843-1868)

Consolidación del Estado liberal, de tipo doctrinario, conservador. El partido moderado copa el poder excepto en el bienio 1854-56.

2.1. Década moderada 1844-1854

Tras la inestabilidad política se nombra a Isabel mayor de edad en noviembre de 1843. Sube al poder NARVÁEZ, el Espadón de Loja (1843). Se elabora la CONSTITUCIÓN DE 1845, similar a la de 1837, casi la reproduce íntegramente.

- Moderada: Ley y orden
- Poder legislativo: las Cortes con el Rey
              Senado: nombramiento real y vitalicio, nº ilimitado
              Congreso, sufragio directo y censitario (1%, 400 reales de impuestos directos). Capacidad y propiedad. Es el gobierno de los Capaces. Quedan fuera las ciudades y la mayoría campesina. La ley electoral de 1846 aumentaban los representantes y disminuían los electores.
- La fuente de soberanía es el monarca.
- El ejecutivo está por encima del legislativo:
- Veto regio
- Iniciativa legal del rey
- Convoca, suspende y cierra Cortes
- Suprime el control parlamentario de la Hacienda.
- Las libertades: la de prensa limitada por depósitos previos y tribunales de jueces
- Los poderes locales son elegidos por el gobierno y los gobernadores.
- No hay milicia Nacional
- El poder de arriba abajo: el rey nombra al gobierno: convoca elecciones, prepara la mayoría parlamentaria que le conviene. El mecanismo electoral hace posible este control: A través de Gobernación, los jefes políticos, gobernadores y alcaldes confeccionan las listas electorales.
- Religión católica, con la obligación de mantener el culto.
- No se habla de poder judicial sino de administración de justicia. Se instaura el Tribunal supremo.

Valoración. Giro antidemocrático, de los liberales doctrinarios, así los progresistas "confiarán progresivamente en la revolución como único medio de quitar los obstáculos tradicionales para un sistema representativo " (Solé Tura)

El resto de reformas se hacen por medio de leyes:

- Reordenación territorial. Ley municipal. Centralismo, con las provincias de Javier de Burgos. País Vasco y Navarra conservan sus fueros con recortes. Se crean los gobernadores civiles.
- Orden jurídico unitario. Código penal
- Reforma de la instrucción pública: Pedro José Pidal la universidad
- Modernización del ejército, sobre todo de la Marina.
- Instauración de la Peseta.
- Reforma de Hacienda de Alejandro MON, que dura hasta hoy:
             - Impuestos directos: contribución (sobre propiedades inmobiliarias urbanas
                  y rendimientos de fincas rústicas, 25% de los ingresos).
              - Impuestos indirectos: de consumos, y transmisión de bienes.
              - Monopolios
- Creación de la GUARDIA CIVIL, para el orden público, los bandoleros, es la contrarréplica a la Milicia Nacional. Creada por el Duque de Ahumada. Un cuerpo para-militar.
- Administración funcionarial: jerarquía, racionalización y selección de miembros. BRAVO MURILLO (1852), con normas de acceso a la función pública.

Es una época en la que la práctica política está regida por los militares, por lo que se utiliza el término de "parlamentarismo pretoriano". También es importante el papel de la Corona, que más que moderadora de las fuerzas políticas, va dejando el poder a su camarilla, expulsando sistemáticamente a los progresistas.

Para mejorar las relaciones con la SANTA SEDE, (deterioradas por la desamortización de Mendizábal) en 1851 se firma un concordato. La Santa Sede acepta la desamortización a cambio de que el Estado asuma la obligación de sostener a la Iglesia.

España y 1848. La oleada revolucionaria en toda Europa es temida y Narváez, ante las noticias de París, asume poderes excepcionales. Hay revueltas en marzo en Madrid y en verano en Levante, Andalucía, Cataluña... Están impulsadas por los progresistas, demócratas y republicanos. A la vez estalla la 2ª Guerra Carlista, una vez muerto Carlos Mª Isidro y sustituido por su hijo, el conde de Montemolín (Carlos VI para sus seguidores). El gobierno se hace más conservador y no se nota la oleada revolucionaria. Como recompensa, la Santa Alianza (Prusia, Rusia y Austria) reconocen a Isabel II, aunque les atraían más los carlistas.

El gobierno se hace más conservador, y en 1852, BRAVO MURILLO, jefe de gobierno -famoso por construir el Canal de Isabel II-, presenta luna reforma constitucional de carácter antiparlamentario y autoritario, muy similar a la de Luis Napoleón en Francia. Una especie de dictadura tecnócrata. La oposición es total y coinciden moderados, progresistas... Bravo Murillo dimite en diciembre de 1852. Le suceden gobiernos inestables y corruptos como los de Roncali, Lersundi o Sarturius, que es incluso rechazado por la Corona, el pueblo, los progresistas, moderados...

2.2. Bieno progresista 1854-1856.

Más que una revolución son tres:

- Revolución desde arriba: moderado. Leopoldo O'DONNELL se pronuncia en la VICALVARADA
- Le apoya el joven Cánovas con el MANIFIESTO DEL MANZANARES.
- Movilización civil de los progresistas, Las tres jornadas gloriosas. Revolución desde abajo: Juntas de Salvación, con ideario democrático y republicano en Madrid, Barcelona, Valencia, Zaragoza, Sevilla, Granada y San Sebastián.

Para frenar la Revolución, la reina encarga a Espartero, que comparte el poder con O'Donnell. Es un pacto entre moderados y progresistas.

Se elabora la CONSTITUCIÓN DE 1856 -NON NATA-, de carácter progresista

- Soberanía nacional
- Limitación de poder a la Corona, aunque ésta tiene aún la iniciativa legislativa, sanciona y promulga las leyes y derecho de veto.
- Congreso y senado electivos. Con diputación permanente
- También elegidos los gobiernos locales y provinciales.
- Amplia declaración de derechos.
- Milicia Nacional
. Confesionalidad del Estado pero no persecución de otros cultos.

Reformas económicas en el sistema financiero como las leyes para las Sociedades Anónimas y que el banco de emisión sea sólo el Banco de San Fernando, antiguo San Carlos, que pasa a llamarse Banco de España. También se elabora la normativa para la construcción ferroviaria, la red básica radial y se trata de atraer capital francés (Ley General de Ferrocarriles). Quizás lo más importante es la DESAMORTIZACIÓN DE MADOZ.

Estos dos años son muy inestables: los carlistas (1855-56); conflictividad social con las primeras huelgas generales en Cataluña /junio 1835). Reivindican la libertad de asociación, jornada de 10 horas y tribunales paritarios para mediar los conflictos laborales.

El pacto con O'Donnell se rompe y éste, apoyado por la Corona forma gobierno en julio de 1856

2.3. Vuelta al moderantismo y crisis. 1856.1868

O'Donnell, forma la Unión Liberal, alternándose en el poder con Narváez. Hasta 1858 se suceden varios gobiernos moderados y centralistas. Entra de nuevo en vigor la constitución de 1845.

En 1857 entra en vigor la Ley de INSTRUCCIÓN PÚBLICA DE Claudio MOYANO, con la enseñanza primaria obligatoria. También en ese año se hace el primer censo de población. De junio de 1858 hasta febrero de 1863 O'Donnell gobierna con la Unión Liberal, que más que un partido es un proyecto político al que apoyan algunas élites, los más progresistas de los moderados y los más moderados de los progresistas.

Es un período de estabilidad política, se asegura la mayoría en Cortes, pero también una representación minoritaria de moderados y progresistas. También es una época de progreso económico que incita al entusiasmo en la intervención en el interior. Para buscar prestigio internacional se hacen expediciones: Guerra de Marruecos (69-60), Santo Domingo (61-65), México (61-62), Pacífico (63-66) y la Conchinchina (56-63). Responde también al espíritu del nacionalismo romántico.

Los problemas del período son el levantamiento carlista de San Carlos de la Rápita, la insurrección de campesinos andaluces (1857 en Utrera y El Arahal, y 1861 en Loja) y las discusiones internas dentro de la Unión Liberal.

La crisis comienza en 1863 por la inestabilidad política, con siete gobiernos en cinco años, incluyendo los de Narváez y O'Donnell. Se descompone la Unión Liberal. Los progresistas se niegan a seguir participando en el fraude de las elecciones, acercándose a los demócratas. Prim y otros militares progresistas comienzan los pronunciamientos como el de Villarejo de Salvarés (enero 1866). Los demócratas aumentan sus seguidores. Se sublevan los Sargentos en el Cuartel de San Gil (junio 1866) con rápida represión (66 fusilados) Intelectuales como Castelar (demócrata) se destituye de su cátedra. Las universidades se movilizan, los estudiantes se enfrentan a la Guardia Civil con varios muertos en la NOCHE DE SAN DANIEL (abril 1865)

Acompaña una crisis económica, financiera al hundirse las acciones del ferrocarril y la bolsa por la especulación; crisis en la industria catalana por la guerra de Secesión americana que corta la importación de algodón. Además hay una crisis de subsistencia en 1867.68. Finalmente hay una crisis social por el descontento del paro y la burguesía financiera se va alejando del régimen y de la corona. Progresistas, demócratas y republicanos planifican una estrategia común, el PACTO DE OSTENDE (agosto de 1866). Los unionistas, muerto O'Donnell (noviembre 1867) se unen al pacto. A la corona sólo le queda la camarilla, con sectores de la nobleza y la Iglesia. Pronunciamiento en setiembre de 1868 con TOPETE en Cádiz, Prim y Serrano (antiguo unionista) derrota a los isabelinos en Alcolea. ¡VIVA ESPAÑA CON HONRA! La reina se exilia en Francia.

domingo, 4 de octubre de 2009

Tema 2. La Guerra de la Independencia y los comienzos de la revolución liberal. La Constitución de 1812.




1. INTRODUCCIÓN. REINADO DE CARLOS IV

1. 1. POLÍTICA EXTERIOR.

El comienzo del reinado de Carlos IV coincide con el estallido de la Revolución Francesa, por lo que se hizo imposible el continuismo con el despotismo ilustrado de Carlos III. En un primer momento, el ministro Floridablanca decreta el aislamiento con Francia. Se prohíbe la entrada de noticias (libros, folletos, propaganda) de la Revolución. Una vez calmados los ánimos iniciales y sustituído por Aranda, se pasa a una neutralidad benévola. Hubo en España fieles defensores de la Revolución, como el Abate Marchena que marchó a París con los Girondinos y fieros detractores, como el beato fray Diego José de Cádiz.

Sin embargo, los acontecimientos franceses (llegada de los jacobinos) y españoles (ascensión de Godoy) cambian de signo de nuevo la política. Godoy intenta un disparatado plan para salvar a los reyes franceses para luego, enfrentarse directamente (1793-95) junto con Inglaterra y Austria. Es la Guerra en Cataluña, cuando el general Castaños intenta la invasión y es respondido y expulsado. Los franceses llegan hasta Miranda de Ebro (Burgos). Se firma el Tratado de Basilea.

Cuando la Convención jacobina es sustituida por el Directorio (1795-1808) se pasa a una alianza mediante el Tratado de San Ildefonso (1796). Después Godoy firmará una con con Napoleón un segundo Tratado de San Ildefonso (1800), por lo que se intentó una invasión de Portugal –la llamada Guerra de las Naranjas (1801)-, que terminó con el Tratado de Badajoz. Godoy se nombró por ello Príncipe de la Paz. La sumisión a los intereses de Francia que trajo la derrota de Trafalgar (1805)

Godoy firma con Napoleón el TRATADO DE FONTAINEBLEAU (1807) por el que planeaban la invasión de Portugal. Se dividiría en tres partes y Godoy se quedaría con una de ellas. Mientras se creaba un partido antigodoyista que preparó una conspiración contra el rey, en la que estaba implicado su hijo, el príncipe Fernando. Es la Conjura de El Escorial. Una vez descubiera el rey perdonó a Fernando.

1.2. POLÍTICA INTERIOR

Fracaso del espíritu reformador por miedo a la Revolución. Godoy comienza algunas tímidas reformas: Censo de Godoy (1797, 1º del mundo), reformas agrarias (informe de Jovellanos sobre la Ley Agraria), ataque a los monopolios de los gremios. Liberalización de manufacturas, primera desamortización de bienes eclesiásticos. Con estas medidas se granjeó la enemistad de gran parte de la nobleza y el clero.

Motín de Aranjuez (marzo 1808). Cuando entran las tropas francesas en España, Godoy intenta trasladar la corte a Andalucía para luego embarcarla a América. El pueblo de Madrid, descontento con las tropas francesas, asalta y saquea la residencia de Godoy. Carlos IV destituye a Godoy y abdica en Fernando VII.

Fernando, convertido en Rey, hace su entrada en Madrid. Ya Napoleón tenía en España un ejército de casi 100.000 hombres. Dada la irregularidad de la forma de acceso al trono por parte de Fernando y a la situación política de los tiempos de Godoy, ni el nuevo rey podía ejercer su poder ni dar marcha atrás. Por eso, cuando Napoleón llama a Carlos IV y a Fernando VII para que vayan a Bayona, acepta. Cuando llegó Fernando a Bayona, Napoleón ya había anunciado su intención de que los borbones no reinaran más en España.

Napoleón impuso la sustitución dinástica. Carlos IV protestaría contra el atropello de Aranjuez. Fernando devolvió al trono a su padre y renunció a sus derechos de heredero como príncipe de Asturias. Carlos renunciaría a su corona en Napoleón, que designaría como rey de España a su hermano José Bonaparte, que hasta entonces lo había sido de Nápoles. Son las llamadas Abdicaciones de Bayona

2. LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA.

Al mismo tiempo que la guerra, comienza la Revolución Liberal y los territorios americanos, su independencia.

Ante el nombramiento de José I hay recelos. El Consejo de Castilla duda en aceptarlo. Esto, unido a las confusas noticias de Bayona, provoca la reacción popular. El dos de mayo, el alcalde de Móstoles publica un bando que incita a la rebelión contra el ejército francés (reflejado en la Carga de los Mamelucos de Goya). La dura represión francesa, al mando del general Murat, hace que el levantamiento se generalice (Fusilamientos del 3 de Mayo): los sectores liberales y el pueblo llano intentan conseguir un Nuevo Régimen. Los militares y el clero, volver al Antiguo Régimen. Colaborando están los funcionarios y propietarios asustados, colaboracionistas, y los ilustrados reformistas (afrancesados).

En todo proceso revolucionario cabe distinguir tres actividades fundamentales (M. Artola): Conquista del poder, la creación de un nuevo régimen y la configuración del la sociedad sobre bases teóricas nuevas.

La conquista del poder se inició con la formación de las JUNTAS PROVINCIALES y termina con las Cortes de Cádiz. Implica la crisis del sistema anterior. El motín de Aranjuez y las abdicaciones de Bayona son los elementos decisivos en la crisis de la monarquía borbónica. También la pasividad de las autoridades ante la presencia de los franceses. El vacío de poder facilitará las iniciativas de las autoridades inferiores (como el alcalde de Móstoles) y la constitución de instituciones inéditas (Juntas Provinciales, Junta Central). Se traslada el poder a manos de instituciones surgidas del levantamiento popular. No cabe mejor expresión de la soberanía popular.

* PODERES. En la práctica coexisten tres poderes:

1) la Junta de Regencia del Consejo de Castilla, que no ejerce ningún poder
2) las Juntas Provinciales.
Las Juntas organizan la resistencia ante el vacío de poder.
- Juntas ciudadanas en la base, de elección popular
- Juntas provinciales: controladas por militares, clérigos y propietarios locales, actúan como representantes del Estado, despreciando las órdenes de Castilla. Son los mismos privilegiados anteriores.
- Juntas Supremas. Se crean más tarde en 1808, dan lugar a la
- Junta Suprema Central. Se crea en Aranjuez en septiembre de 1808, presidida por Floridablanca. En 1809 se traslada a Sevilla y finalmente a Cádiz. Se trata de la simple gestión, nada revolucionario. En Enero de 1810, se disuelve la Junta Central, pasando el poder a una Regencia, que convocó las Cortes

3) José I


2.1 JOSE I:

“ Españoles, se ha hecho convocar una asamblea general de diputaciones de provincia y ciudades. Quiero asegurarme por mí mismo de vuestros deseos y necesidades. Depositaré entonces mis derechos y colocaré vuestra gloriosa corona que concilie la santa autoridad del soberano con las libertades y privilegios del pueblo”
Proclama de Napoleón en Bayona.

El 6 de Junio un decreto imperial proclama a José I rey de España, al que acompaña una Junta de Notables en Bayona: 150 personas de los 3 estamentos (sólo llegó el 90%). Elaboran la Constitución de Bayona, aunque en realidad es un estatuto, una Carta Otorgada:

- Estado confesional
- Senado – Consejo de Estado .- Cortes (consultivas)
- Elección indirecta y estamental
- Algo parecido a una declaración de derechos: inviolabilidad del domicilio, libertad de comercio, habeas corpus…

La fidelidad a José I era de funcionarios que no querían perder su puesto, y los ilustrados (Afrancesados). Ven el cambio de dinastía como una posibilidad de realizar las reformas emprendidas. Son “déspotas”, partidarios de la monarquía. Son personajes como Urquijo o Cabarrús. Jovellanos no aceptó. Son más bien mediadores. Después de la guerra serán los primeros emigrantes “políticos. Las reformas emprendidas son:

- Fin de los señoríos
- Instrucción pública.
- Extinción de la deuda pública.
- Traducción del Código Civil napoleónico.

La mayor parte quedó sin aplicación. José I estuvo ocupado luchando contra los mariscales franceses.

2.2 FASES DE LA GUERRA

- Oposición y levantamiento. El 2 de Mayo, no es el inicio, pero sí un símbolo. En la 1ª quincena de Mayo los levantamientos se suceden en varios lugares. Las autoridades civiles son pasivas. No había un plan: un ejército profesional frente a la nación en armas (derrota de Medina de Rioseco).
Francia desiste de una rápida conquista por la reacción popular (SITIOS de Zaragoza y Gerona, Valencia). Intenta la invasión de Andalucía para controlar las rutas de la Meseta. La batalla de Bailén (julio 1808) supone la derrota de los franceses por el general Castaños. Los franceses abandonan Madrid y acude Napoleón. Las Juntas declaran la guerra y organizan operaciones militares.

- Predominio francés. 1809 ofensiva francesa, la Grande Armée (250.000 hombres). Caen Zaragoza y Madrid. Llega Wellington desde Portugal. Triunfo hispano-inglés en Talavera y derrota en Ocaña. En 1810, salvo Lisboa, algunas zonas gallegas y Cádiz todo está conquistado. Es la época de las guerrillas: Francisco Espoz y Mina, el Empecinado y el cura Merino. Se convierte en una guerra de desgaste

- Ofensiva hispano-inglesa: desde Portugal, coincidiendo con la campaña de Napoleón en Rusia. Entran por Ciudad Rodrigo, que es sitiada. Después llega la victoria anglo-española de los Arapiles. Los franceses huyen y José I traslada provisionalmente el gobierno a Valencia. Éxitos en Vitoria y San Marcial (1813), entran en territorio francés. Capitulación francesa por el Tratado de Valençay (diciembre de 1813), por la que cesan las hostilidades y Fernando VII era repuesto en el trono.

2.3 FORMAS DE LUCHA.

- Sitios: Zaragoza, Gerona.
- Batallas “formales”, Bailén, Arapiles (Salamanca), Talavera, San Marcial... Inglaterra aporta su capacidad económica, industrial y eficacia organizativa. Los franceses seguían la máxima de “vivir en el país”, que evitaba el avituallamiento.
- Guerrilla. Máximo exponente del carácter popular de la guerra. La Peninsular War es un término que está en español en todos los idiomas. No necesitan ocupar el territorio, sino hostigar al enemigo. La represión hace que la población sea cada vez más hostil. Guerra revolucionaria, inferioridad propia, beligerancia universal, mucha violencia (Desastres de la Guerra de Goya). Promedio de 100 bajas diarias.

2.4 CONSECUENCIAS DE LA GUERRA

Muy costosa. Pérdida de status internacional. Clima de expectación hacia Fernando VII y su cautiverio en Valençay. Napoleón intenta un tratado de paz y amistad que las cortes no hubieran aceptado. Los liberales quieren asegurarse la Constitución: se condena a muerte a quien propusiera un cambio constitucional y deciden no aceptar al rey hasta que no jure la Constitución.


3. LA CONSTITUCIÓN DE CÁDIZ.

3.1 LAS CORTES DE CÁDIZ.

Las normas electorales se pusieron en enero de 1810, por sufragio universal indirecto. Había representación de las juntas, de las ciudades y representantes americanos. La apatía por parte del Antiguo Régimen fomentó el ambienta revolucionario. Cádiz, aislada y liberal, con clero también liberal facilitó la convocatoria. Las sesiones comenzaron el 24 de septiembre de1810. Aproximadamente 100 diputados, casi todos suplentes elegidos en la ciudad. No hay estudios exhaustivos de los representantes, pero parece que predominan los de clase media, con formación intelectual, eclesiásticos (casi un tercio), militares, abogados, funcionarios, miembros de la burguesía comercial e industrial. Se reúnen en una sola cámara con voto individual. Podemos distinguir entre diputados absolutistas (serviles) y diputados revolucionarios (negros). En medio estarían los partidarios de un despotismo ilustrado o jovellanistas. Ni la burguesía llevo a cabo la revolución liberal, ni el clero y la nobleza estaban en su totalidad del lado absolutista, y no podemos considerar que existieran partidos políticos.

El primer decreto lo redacta MUÑOZ TORRERO. Por éste, las Cortes se atribuyen a sí mismas el papel de soberanas y representantes de la nación (hay quien sugirió un juramento como los franceses en la sala del juego de la pelota). Se reconoce a Fernando VII como rey, declarando nula su renuncia. Las Cortes tendrán el poder legislativo y el ejecutivo, una Regencia.

Tradicionalmente se distinguen tres fases: 1) Cambio de régimen político (1810-12); 2) Transformación social (1812-14) y 3) Transformación económica.

3.2. ANÁLISIS Y VALORACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN DE 1812.

La labor constitucional no se planteó hasta 1810. La comisión encargada de redactar el texto estaba presidida por MUÑOZ TORRERO, el texto fue compuesto por Antonio RANZ ROMANILLO (traductor del texto de Bayona), pero el papel principal lo tuvo Agustín de ARGÜELLES. Fue un largo proceso en lucha con los conservadores.

384 artículos, 4 títulos. Muy larga, especialmente el título dedicado al poder legislativo. Demasiado específica, se pensaba en hacer una constitución perfecta que no hubiera que cambiar. Especialmente interesante es el preámbulo en el que se justifica la constitución desde el inmovilismo, presentándola como consecuencia de la tradición y las instituciones ancestrales. No tiene una declaración específica de derechos, sino que están desperdigados a lo largo del texto.

El Titulo I, de la Nación Española y los Españoles. Se declara la soberanía nacional, la separación de poderes (el poder legislativo en el Rey y las Cortes; ejecutivo en el Rey y no se detiene en el judicial). Se considera la nación española como el conjunto de los españoles de ambos hemisferios. Desaparece, pues la sociedad estamental. Se defiende un estado confesional católico. Las libertades son las de:

- igualdad ante la ley
- libertad civil
- inviolabilidad del domicilio
- garantías penales y procesales
- educación elemental
- libertad de imprenta (libros no religiosos)
- libertad de trabajo (contra los gremios)
- libertad de contratación
- libertad de cerramientos (contra la Mesta)

El sufragio es universal, masculino, para mayores de 25 años. Estos eligen a unos compromisarios (sufragio indirecto). Para ser candidato (sufragio pasivo) se excluye a quienes no tengan una renta anual procedente de bienes propios, para que vivieran de sus bienes. Es también incompatible con cualquier otro cargo de designación real, o con el clero regular por dos años. No pueden estar privados por la justicia de derechos civiles. Se eligen por la provincia natal o habiendo vivido 7 años en otra.

El Poder Legislativo lo tienen las Cortes con el Rey (soberanía compartida). Las Cortes son monocamerales. Se reúnen 3 meses y entre tanto, una Diputación Permanente. Tiene amplios poderes: elabora leyes, aprueba tratados internacionales, toma decisiones sobre la sucesión. Fija las contribuciones (impuestos). El rey no puede suspender las Cortes ni disolverlas. Entre sus atribuciones está la de proponer leyes, decretarlas, derogarlas, controlar las tropas extranjeras...

El Poder Ejecutivo está en manos del Rey y los Secretarios de Estado. Se puede sospechar que su funcionamiento no iba a ser fluido, el rey puede nombrarlos y separarlos libremente, pero son responsables ante las Cortes. Es decir, las órdenes del monarca deben estar suscritas por el ministro del ramo, que es responsable de su gestión. El Rey tiene el veto suspensivo a una ley, pero la última decisión está en las Cortes. El Rey tiene competencias en cuanto a la fiscalidad, ejército (ejército nacional), nombra los secretarios (ministros), magistrados, generales; dirige la política exterior. Es sagrado, inviolable, irresponsable. Entre sus restricciones está la de disolver las cortes, ausentarse, fijar contribuciones, firmar alianzas extranjeras y abdicar. Se propone una burocracia centralizada y una Administración territorial (que no se llevará a cabo). Las reformas de la Hacienda (desamortización para paliar la deuda pública, creación de un mercado libre de aduanas interiores y la sustitución de impuestos indirectos por los directos) no llegarán a finalizar.

Lógicamente es muy parecida a la francesa, puesto que tienen igual propósito. Influye en la italiana y en las de América española.

3.3. OBRA LEGISLATIVA DE LAS CORTES DE CÁDIZ

Entre la obra legislativa de las Cortes de Cádiz están importantes decisiones que no siempre se dictaron después de la Constitución. Por ejemplo, la abolición de los señoríos: los solariegos se convierten en propiedad del señor y los jurisdiccionales se incorporan a la nación. Esta medida también eliminaba el nombramiento de cargos municipales y todo rastro de justicia señorial. Pero en la práctica no supuso tanta importancia, puesto que en los juicios los tribunales tendieron a considerar todos los señoríos como solariegos, por lo que la nobleza siguió manteniendo las tierras.

En cuanto a las reformas económicas, también se abolen los mayorazgos y las pruebas de nobleza para ingresar en las academias militares. Se decreta la libertad de trabajo (se eliminan los gremios) y de contratación. Desaparece también la Mesta. Se dignifica el comercio y se ponen en marcha la venta de comunales. Hay también intentos de unificar y hacer proporcionales las contribuciones. Todos estos son intentos de conseguir que la propiedad sea individual, libre y absoluta. También se fomenta la agricultura y la ganadería.

Sobre la Iglesia se toma la decisión de no devolver las incautaciones de José I, se suprime el voto de Santiago y hay un intento de desamortización. Se abole la Inquisición. También se abole la tortura.

3.4. CONFIGURACIÓN DE LA SOCIEDAD SOBRE UNAS BASES TEÓRICAS NUEVAS.

Seguimos el paso 3 de M. Artola en todo proceso revolucionario (véase más arriba). La nueva ideología mostraba:

1º Una concepción del hombre según la cual el comportamiento de los hombres está determinado por la búsqueda de la felicidad. El hombre es bueno y no malo como decían los absolutistas.
2º Identificación de la felicidad con la riqueza, tanto porque proporciona los medios para satisfacer las necesidades humanas, por ser el único procedimiento que permite la cuantificación de la riqueza.

Si todos aspiran a la felicidad y a la riqueza, todos pretenderán ampliar sus propiedades mediante la aplicación de su tiempo, su capacidad y su trabajo. Buscar la riqueza ya no es considerado malo. En el Antiguo Régimen se tenía una cultura que pensaba que la riqueza era limitada, si alguien se enriquecía significaba que estaba empobreciendo al resto de la comunidad. Los liberales opinan que todos pueden llegar a ser ricos, o que, al menos deben intentarlo. Las diferencias de riqueza responderán a diferencias en el tiempo, la capacidad o al trabajo de cada uno. La diferencia de riqueza serán diferencias entre los individuos.

3º La organización social que los individuos crean entonces, será una sociedad justa si cumplen las reglas del mercado perfecto: libertad, igualdad y propiedad. Los derechos fundamentales de las constituciones liberales.

- Por libertad se entiende la capacidad de todos los individuos para intercambiar bienes sin tener que someterse a norma alguna de carácter positivo (sin que nadie obligue a hacer nada).
- Por igualdad se entiende que todos tienen las mismas posibilidades legales para alcanzar cargos o riquezas –igualdad ante la ley-, de tal modo que las diferencias de riqueza reflejen únicamente las distintas capacidades o dedicaciones de los individuos. Si somos iguales en derechos y oportunidades se hará rico aquel que sea más inteligente o le dedique más tiempo.
- Por propiedad se entiende con unas características para que la distribución de la propiedad sea reflejo exacto de la desigualdad de las condiciones individuales: La propiedad ha de ser:
- Libre: no excluida del comercio por disposiciones legales (ej. no mayorazgos)
- Absoluta: sin limitaciones de uso.
- Individual: no pueden pertenecer a ninguna persona moral: Estado, Iglesia, municipio...

En estas condiciones, la lucha por la felicidad determina una estratificación en clases sociales (grupo social que se caracteriza por una posición económica común, ej. ricos o pobres) que se definen en función de la riqueza en tres grupos caracterizados: ricos, pobres y clase media. A diferencia de la estamental, permite la movilidad social: se puede ascender o descender en el nivel social en la medida en que aumenta o disminuye la riqueza. La pobreza es pues, también necesaria, puesto que es el acicate para que todos busquen la riqueza.

Partiendo de estos supuestos, se llega al reconocimiento institucional de los más ricos con los más capaces, a quienes se reserva la participación en el sistema político, mediante el sufragio censitario o restringiendo la posibilidad de ser candidatos,

El modelo de organización social del liberalismo está en oposición al modelo estamental y en correlación con los intereses de la clase de la burguesía. Tiene su punto de partida en el individuo. La formulación de sus derechos: libertad, igualdad, propiedad, son los que inspiran una sociedad clasista. La realización de tales derechos obliga a destruir la sociedad estamental porque sólo así será posible que el mercado lo regule todo. Hay que destruir los gremios, los señoríos jurisdiccionales, las tierras de los mayorazgos, las manos muertas...

3.5. DIVERSIDAD DE ENFOQUES EN LA HISTORIOGRAFÍA

Básicamente tenemos 3 posturas: una institucionalista, como la representada por Francisco TOMÁS Y VALIENTE, que entiende por revolución burguesa el proceso estructural que transformó las bases de la sociedad del Antiguo Régimen y creó las condiciones jurídicas y políticas necesarias para la constitución de una sociedad dominada por la burguesía, organizada políticamente bajo la forma del Estado liberal y caracterizada por la implantación y desarrollo de unas relaciones capitalistas de producción y cambio.

Otra es la postura de Miguel ARTOLA, que hemos ido siguiendo en los apuntes. La nueva organización social tiene al ciudadano en su punto de partida. Los derechos de libertad, igualdad y propiedad se corresponden con los de la sociedad clasista, lo que obliga a destruir la sociedad estamental, condición esencial para que la burguesía tome el poder. Los problemas económicos derivados de la guerra y del caos financiero del Antiguo Régimen motivan decisiones como la desamortización que beneficia a los liberales porque libera al Estado de una carga financiera y pone en venta una gran masa de bienes de los que se beneficia la burguesía.

Por otro lado, Josep FONTANA, destaca el aspecto de guerra de independencia sobre el de revolución liberal, puesto que tanto los personajes como por las ideas, incluso por su realización práctica, la obra de los legisladores gaditanos no fue en absoluto revolucionaria. Querían cambiar el país, pero no por la violencia, como en Francia, sino proponiendo soluciones moderadas. Argüelles se vanagloriaba de haber dado estabilidad a la realeza y dejar a la nobleza con su propiedad y riqueza, sus distinciones y títulos, respetando al clero sus bienes patrimoniales, los diezmos y la inmunidad temporal

REPASO DE LA REVOLUCIÓN FRANCESA

En el margen tenéis una página web más extensa sobre la Revolución Francesa. Pero como mínimo hay que acordarse de las fases. Hay que fijar la atención en que dependiendo de la fase, España sigue una política distinta. La de Floridablanca coincide con el estallido de la Revolución, infundiendo miedo, la de Aranda acaba con la llegada de los Jacobinos al poder y Godoy oscila entre el enfrentamiento con la Convención y la alianza tras la reacción burgues.

- Revuelta de los Privilegiados------------------ Estados Generales 1789
- Revuelta Burguesa --------------------------- Asamblea Nacional 1789-1791
- Revuelta Radical ----------------------------- Convención 1792 –1794
- Reacción Burguesa --------------------------- Directorio 1794-1799
Consulado 1799-1804
Imperio 1804-1814